OPINIÓN: GOBIERNO TOMA EL CONTROL DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS EN COLOMBIA.

Escrito por / febrero 9, 2023

REFORMAS!!! QUE NOS ESPERA???

Tratemos hoy el movimiento de tipo legislativo en nuestro país: Reforma a la salud, Reforma tributaria desde el mes de agosto del año anterior, Reforma a la administración de las pensiones, Reforma laboral y una cantidad de reformas que está presentando el actual Gobierno; que emociona a algunos y tengo que decir la verdad que nos desencanta a otros, porque todas esas decisiones, cada anuncio, cada discurso que sale desde la Casa de Nariño, genera serios interrogantes sobre reformas de sectores que se han venido construyendo desde muchísimos años atrás y que hoy por hoy, desde la Casa de Nariño, se quiere tomar el control. Hablo específicamente del anuncio que ha hecho el actual Presidente de la República respecto a la Administración, control y eficiencia de los servicios públicos. Mucha gente ha reaccionado sobre el anuncio que el Presidente ha hecho de asumir directamente la administración, control y eficiencia de los servicios públicos. Recordemos que la Ley 142 y Ley 143 lleva muchísimos años ya de ejecución y de puesta en marcha, que es el marco regulatorio para todos los servicios públicos desde el año 1994. Pues bien, durante un encuentro Departamental de Juntas de Acción Comunal, celebrado en Boyacá, el Presidente Gustavo Petro anunció que asume de manera temporal y directa la función que se le asigna la Constitución Política y la Ley de fijar las políticas generales de administración, control y eficiencia de los servicios públicos en el país. Sin lugar a dudas está anuncio, va a generar una desestabilización de tipo económico de las empresas de servicios públicos, las cuales son sociedades comerciales con ánimo de lucro, en donde muchas veces el Estado también participa y va a generar muchísima incertidumbre. El Presidente señaló su decisión con fundamento en el artículo 370 de la Constitución Política, el cual dice lo siguiente: “Corresponde al Presidente de la República señalar con sujeción a la ley, las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios y ejercer por medio de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el control y la inspección y vigilancia de las entidades que los presten”. Uno entendería que es decisión del Presidente, apartar a las Superintendencias de Servicios Públicos Domiciliarios y no a las Comisiones de Regulación, como él lo anunció. Porque la Constitución habla de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y recordemos que dentro de ese o de esa gran estructura de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, tenemos a las Superintendencias Delegadas para Energía y Gas, la Superintendencia Delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo y la Superintendencia Delegada para Telecomunicaciones. Me genera una expectativa personal en la medida que el marco regulatorio de las funciones de la propia Superintendencia y también del marco regulatorio para la prestación de los servicios públicos viene desde el año 1994, es decir, que estamos hablando de cerca de 30 años, que efectivamente se ha venido construyendo este modelo de prestación de servicios públicos aquí en Colombia. Sumado a ello, también viene con una gran reestructuración todo el sector de salud, que genera muchísima incertidumbre, muchísima inquietud, administración de las pensiones y la ya mencionada reforma laboral. Muchas reformas en este gobierno y vamos a mirar qué nos depara el futuro.

GERMAN MONTENEGRO FAJARDO SEO – MI CONTADOR

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